Se excluye a contribuyentes del SEMT-GC y SDS, y se incorpora a un contribuyente al SEMT-ATC

Mediante Resolución de Superintendencia N° 000001-2025/SUNAT (publ. 08.01.25; vig. 01.02.25), se excluye del Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante Grandes Compradores (SEMT-GC) y del Sistema Desarrollado por la SUNAT para el cumplimiento tributario de los proveedores de las entidades del Estado (SDS) a los contribuyentes listados en el anexo de la presente resolución. Además, se incorpora al Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante las Empresas Adquirentes (SEMT-ATC) al contribuyente Procesos de Medio de Pago S.A.C.
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