Roque y Sandoval Contadores Asociados

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Archives febrero 2026

Cambios en percepciones IGV: conoce los nuevos criterios para importadores. ¿Sabes cómo te afecta?

Ejecutivo publica Decreto Legislativo N° 1714 sobre Régimen de percepciones del IGV

El Poder Ejecutivo, en ejercicio de facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República, aprobó y publicó el Decreto Legislativo N° 1714, que modifica la Ley N° 29173, Régimen de percepciones del Impuesto General a las Ventas.

El referido decreto legislativo introduce cambios a la Ley N° 29173, conforme a la facultad otorgada en el párrafo 2.2.6 del numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley N° 32527. 

Su finalidad es incorporar y precisar supuestos excepcionales para la aplicación del porcentaje de percepción del 10 % en la importación para el consumo de bienes, considerando el nivel de riesgo y el cumplimiento tributario y aduanero de los importadores.

La norma modificatoria entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Registros electrónicos: amplían plazo de subsanación para contribuyentes

Sunat no sancionará infracciones relacionadas al SIRE Hasta el 30 de junio

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar, administrativamente, las infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes durante el proceso de implementación de dicho sistema.

Así lo dispone la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000005-2026-SUNAT/700000, publicada en el diario oficial.  La disposición establece que los contribuyentes que al periodo diciembre de 2025 se encuentren obligados a utilizar el SIRE podrán regularizar la generación de sus registros electrónicos y efectuar los ajustes correspondientes hasta el 30 de abril de 2026, sin la aplicación de sanciones administrativas por las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.

Asimismo, para los contribuyentes que adquieren la obligación de utilizar el SIRE a partir de enero de 2026, la norma extiende la facultad discrecional a las infracciones configuradas en los períodos enero a mayo de 2026, otorgando como plazo máximo de subsanación el 30 de junio de 2026.

En ese marco, continuarán las acciones inductivas para promover la adecuada implementación del SIRE y se cumpla con uno de los principios institucionales, consistente en dar servicios de calidad que comprendan y satisfagan las necesidades de los contribuyentes.

Para obtener más información sobre el SIRE y otros beneficios que la SUNAT pone a disposición de los contribuyentes para fomentar la formalización y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, puede visitar el portal https://cpe.sunat.gob.pe/ o seguirnos en nuestras redes sociales oficiales.  

Desde el 16 de febrero rige el cronograma de vencimientos SUNAT 2026: consúltalo aquí

Conozca el cronograma de vencimientos mensuales de obligaciones tributarias del año 2026

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) presenta el cronograma de vencimientos mensuales para la declaración y pago de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2026, que iniciará el próximo 16 de febrero.

Este cronograma establece las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC, correspondientes a los periodos de enero a diciembre del año 2026, de acuerdo con el cuadro que se detalla a continuación.

Los Buenos Contribuyentes, designados por la SUNAT, cuentan con un vencimiento especial que reconoce su cumplimiento permanente y les otorga un plazo adicional para presentar sus declaraciones y realizar el pago de sus obligaciones tributarias.

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