Se modifica el procedimiento general Importación para el consumo DESPA-PG.01 (versión 8) y el procedimiento específico Reconocimiento físico – extracción y análisis de muestras DESPA-PE.00.03 (versión 4)

Mediante Resolución de Superintendencia N° 000281-2024/SUNAT (publ. 15.12.24; vig. conforme indique la norma), se modifica el procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8) y el procedimiento específico “Reconocimiento físico – extracción y análisis de muestras” DESPA-PE.00.03 (versión 4), . Además, se incorpora el literal O en la sección VI; el inciso f) en el numeral 1 del subliteral A.12 del literal A de la sección VII del procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8).
La Disposición Complementaria Derogatoria deroga el numeral 5 de la sección IV, el numeral 2 del subliteral A.2, y el subliteral A.9 del literal A de la sección VII del procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8) y el numeral 1 del subliteral A.3 del literal A de la sección VII del procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8).


