Servicios mínimos: plazo vence el 31 de este mes
Puestos se deben mantener en funcionamiento si se declara huelga.

Hasta el 31 de este mes tienen plazo los empleadores para comunicar la relación de los puestos de trabajo que deberán continuar laborando si se presentara una huelga en la organización por ser considerados como servicios mínimos, sostuvo el abogado Andreé Castro Arequipeño.
De manera excepcional, dijo, se permitirá que los empleadores dedicados a actividades consideradas servicios públicos esenciales presenten la comunicación de forma extemporánea, siempre que ocurra antes de que los sindicatos notifiquen la convocatoria de la paralización.
El asociado del área Laboral de Miranda & Amado explicó que los servicios mínimos son aquellas labores y puestos que, pese a la declaratoria de huelga, se deben mantener en funcionamiento. La Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y su reglamento establecieron que estos son los servicios públicos esenciales y los puestos indispensables, detalló.
Los servicios públicos esenciales buscan la continuidad de ciertos servicios fijados por ley para preservar la seguridad, salud y vida y/o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población, detalló.
Prevención
En los puestos indispensables, Castro dijo que se busca que los puestos de trabajo determinados por empleador como necesarios en caso de huelga continúen laborando para prevenir daños o riesgos tanto para las personas que laboran en el centro de trabajo como para los bienes e instalaciones de la empresa.
Visto bueno
Andreé Castro sostuvo que la información, junto con el cargo de la comunicación realizada a los trabajadores o sindicatos, se remitirá también al MTPE.
El experto recordó que los servicios públicos esenciales son los sanitarios y de salubridad; limpieza y saneamiento; electricidad, agua y desagüe, gas y combustible; sepelio, inhumaciones y necropsias; establecimientos penales; comunicaciones y telecomunicaciones; transporte; defensa o seguridad nacional, entre otros.


