Amplían aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica dispuesta en la Res. N° 000039-2023-SUNAT/700000 y ampliatorias

Mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000028-2024-SUNAT/700000 (publ. 10.08.24; vig. 11.08.24) se amplia lo dispuesto en los numerales 2 de la columna “Supuestos para la aplicación de la facultad discrecional” del Anexo a la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000039-2023-SUNAT/700000, relativos a las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, para incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024; y prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 31 de enero de 2025.
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