Hasta el 30 de mayo. En dicho periodo no se aplicarán sanciones
Los contribuyentes que no cuenten con el depósito de la detracción cuando realicen el traslado de minerales metálicos auríferos y no auríferos no serán objeto de sanciones por un periodo de 60 días calendario, de acuerdo con una resolución emitida por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos 013-2017-Sunat/700000, emitida recientemente, señala que esta medida estará vigente hasta el 30 de mayo del presente.
De esta manera, se brinda un plazo para que los contribuyentes puedan solicitar orientación sobre las normas vigentes y se adecuen a las nuevas disposiciones establecidas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Asimismo, la Sunat podrá mejorar los procedimientos de la referida norma para facilitar y simplificar el pago de las detracciones.
Las modificaciones a la aplicación del sistema de detracciones para las operaciones relacionadas con la minería metálica, tanto aurífera como no aurífera, buscan fortalecer las labores de control y fiscalización tributaria, promover la formalidad en el sector y mejorar la recaudación del IGV.
El envío de dinero mediante billeteras digitales, hoy resulta posible gracias a BCP y BBVA, por ejemplo, como entidades que hasta te facilitan la cancelación de tributos cobrados por el Gobierno.
A diario realizamos gestiones necesarias para mantener nuestros pagos al día y en orden cumpliendo con obligaciones que también podemos efectuar mediante las billeteras digitales más populares e importantes del Perú. En esa línea, tanto Yape como Plin aparecen hoy siendo alternativas para personas contribuyentes que requieran cancelar conceptos relacionados a impuestos u otros tipos de tributos cobrados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), y pueden seguir este paso a paso desde dispositivos móviles donde lo tienen instalado.
¿CÓMO PAGAR IMPUESTOS COBRADOS POR LA SUNAT DESDE YAPE O PLIN?
Inicia el cuarto mes de 2025 a nivel nacional, y los usuarios de Plin, la billetera digital creada por BBVA, Interbank y Scotiabank, reciben una gran noticia referente a la realización de pagos del Impuesto a la Renta (IR), por ejemplo, entre otras obligaciones tributarias cobradas por la SUNAT, y también consideradas para cancelarse mediante Yape del BCP.
Es así como a través de portal web oficial, hoy se conocen los detalles entorno a dicha alternativa que básicamente te permite acceder a bancos autorizados por la entidad de Gobierno o a través de las populares aplicaciones para celular habilitadas cuya características principales recaen sobre el 0 contacto con dinero en efectivo, y también la posibilidad de llevarlo a cabo con tan solo algunos clics desde la comodidad de tu hogar.
A continuación, te compartimos el paso a paso que debes seguir para efectuar pago de IR, multas y otros tipos de tributos cobrados por la SUNAT, haciendo uso de Yape o Plin como billeteras digitales asociadas:
PLIN
1. Ingresa a la opción “Pagar Servicios” desde tu app.
2. Realiza búsqueda de opción “SUNAT” en listado de servicios operativos.
3. Elige “1663 – SUNAT NPS”.
4. De acuerdo a lo solicitado, coloca el código de Número de Pago SUNAT (NPS) generado previamente tras hacer uso del portal de Operaciones en Línea con tu clave SOL.
5. Realiza pago respectivo según te lo precisen.
YAPE
1. Inicia sesión en app desde tu dispositivo móvil.
2. Selecciona la opción “Yapear servicios”, y luego busca a SUNAT como empresa.
3. Clic a “Pago NPS” e ingresa el código de pago generado previamente al igual que en Plin.
4. Tras verificar que los detalles del pago son los correctos, confirma operación para terminar finalizando transacción con éxito.
Resulta importante destacar, que así como el NPS, hoy también puedes cancelar tu IR en Perú colocando Número de Pago Valor (NPV) en cualquiera de las billeteras digitales asociadas a la SUNAT, pero siempre y cuando las deudas tributarias de personas naturales o empresas “hayan generado valores como órdenes de pago, resoluciones de determinación o de multa”.
Asimismo, y en relación a transacciones digitales como tal, considera que junto a Yape y Plin, Págalo.pe del Banco de la Nación (BN) figura aún como otro medio de pago que te permite abonar “tasas y servicios para trámites en diferentes entidades públicas”, mientras las siguientes plataformas de banca online se mantienen operativas para brindar la misma atención durante estos horarios:
BCP / Lunes a domingo las 24 horas del día
Scotiabank / Lunes a viernes de 9 a.m. a 3 p.m.
GNB / Lunes a domingo de 6 a.m. a 10 p.m.
Interbank / Lunes a domingo de 12.30 a.m. a 7.58 p.m.
Banco de Comercio / Lunes a domingo las 24 horas del día
ESTOS CONCEPTOS PUEDES PAGAR EN YAPE Y PLIN SEGÚN LA SUNAT
Tributos y multas
Impuesto General a las Ventas (IGV) e IR de 3ra. Categoría del Régimen General, Régimen Mype y Régimen Especial (Formulario Virtual 621)
Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) – Formulario Virtual Nº 1611.
IR de 2da. categoría por enajenación de inmuebles (Formulario Virtual 1665), y 4ta. Categoría (Trabajadores Independientes – Formulario Virtual 616)
Cuota de acogimiento de fraccionamiento y refinanciamientos
Pago de las cuotas de fraccionamientos y refinanciamientos
Importes a pagar consignados en el Programa de Declaración Telemática (PDT)
Repatriación de capitales
Pago de valores desde el buzón SOL
Pago de tributos (1662) APP (Android/IOS)
SI TUS INGRESOS ANUALES NO SUPERAN ESTE MONTO SEGÚN SUNAT, QUEDARÁS EXENTO DE PAGAR EL IR EN 2025
Los trabajos que se realizan de manera dependiente e independiente en Perú, hoy figuran sujetos a las regulaciones determinadas por el Gobierno a través de la SUNAT, siendo el IR aquel tributo a declarar y pagar siempre y cuando tus ingresos anuales no excedan de un monto límite establecido como condición para el 2025.
Al respecto, resulta importante destacar que los requisitos relacionados a la suspensión de retenciones y pagos a cuenta de renta de cuarta categoría, revelan que toda persona natural puede evitar desde el 1 de enero de cada año, la retención del 8% para montos mayores a S/1,500, y así hasta percibir salario completo.
En ese sentido, no deberás presentar la declaración mensual referente al IR determinado por la SUNAT, siempre y cuando tus ingresos mensuales como trabajador dependiente o independiente, no superen los 3,901 soles, y anualmente S/46,813.
Cabe resaltar, que “si tus ingresos por funciones de director de empresas, síndico, mandatario o similares” no superan los 3,121 soles cada 30 o 31 días, o S/37,450 acumulados a lo largo de los 12 meses, tampoco estarás obligado a pagar concepto por dicho tributo.
ESTE CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO PARA PAGAR EL IR EN PERÚ HA ESTABLECIDO LA SUNAT
La realización de diversas actividades, hoy implica declaración anual de renta considerando cronograma de vencimiento establecido por SUNAT, y en ese sentido el calendario de fechas establecidas para dicho propósito reviste de importancia con la finalidad de terminar cumpliendo con esa obligación tributaria.
De acuerdo a información compartida de manera oficial, hoy tanto las personas naturales como las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE), deben proceder a llenar formularios según corresponda, y adecuarse por supuesto a los plazos determinados con la finalidad de presentarlos exitosamente tomando en consideración el último dígito de tu Registro Único de Contribuyente (RUC).
Al respecto, te compartimos el siguiente cronograma de vencimiento para la Declaración Anual de Renta, y con ello proceder a efectuar el pago de regularización del IR e Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio gravable 2024 teniendo en cuenta que del 26 de marzo al 9 de abril el cumplimiento resulta efectivo hacia “negocios y empresas con ingresos mayores a 1700 UIT del año anterior al de la declaración (2023)”:
Último dígito de RUC / Fecha de Vencimiento
0 / 26 de mayo
1 / 27 de mayo
2 / 28 de mayo
3 / 29 de mayo
4 / 30 de mayo
5 / 2 de junio
6 / 3 de junio
7 / 4 de junio
8 / 5 de junio
9 / 6 de junio
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC / 9 de junio
Asimismo, y considerando lo determinado mediante Ley N° 31940, todo contribuyente debe recordar que el IR “grava los ingresos que provienen del arrendamiento (alquiler), enajenación u otro tipo de cesión de bienes inmuebles y muebles, de acciones y demás valores mobiliarios (ganancias de capital) y/o del trabajo realizado en forma dependiente e independiente”, cuyo ejercicio inicia el 01 de enero y finaliza todos los 31 de diciembre.
El primer feriado largo del año comienza en los próximos días, en el marco de la Semana Santa 2025, lo que permitirá el flujo turístico de muchos ciudadanos.
Llegó abril y, con ello, una de las épocas más esperadas por los cristianos: la Semana Santa 2025, ya que se conmemora la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo. Durante esta festividad religiosa, que celebran tanto la iglesia católica como otras iglesias cristianas, muchas personas llevan a cabo diversas actividades y tradiciones alusivas a estas fechas. Sin embargo, estas celebraciones traen consigo feriados que permitirán a los trabajadores del sector público y privado disfrutar de días de descanso remunerado con el objetivo de salir de la estresante rutina y, así, poder pasar más tiempo en familia u optar por viajar a algún destino turístico del país. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿CUÁNDO INICIA EL FERIADO LARGO POR SEMANA SANTA 2025?
En el marco de la Semana Santa 2025, el primer feriado largo del año se llevará a cabo el próximo 17 y 18 de abril, que corresponden a Jueves Santo y Viernes Santo, respectivamente. A estas fechas se suman el sábado 19 y domingo 20 de abril, que son días habituales de descanso, por lo que será posible disfrutar de cuatro días libres seguidos.
Y es que, estos feriados nacionales permitirán que los trabajadores, tanto del sector público como del privado, puedan descansar. En el caso de los días no laborables, el campo estatal tendrá que recuperar dentro de los diez días siguientes, o en el momento que decida el responsable de cada entidad pública, mientras que no será obligatorio para el sector empresarial, a menos que exista un acuerdo entre el empleador y los trabajadores.
¿CUÁNDO EMPIEZA LA SEMANA SANTA 2025?
La Semana Santa en Perú, fecha importante en el calendario cristiano, empieza el domingo 13 de abril, considerado Domingo de Ramos y finaliza el 20 de abril con el Domingo de Resurrección. Durante estos días de festividades se llevarán a cabo diversas procesiones cristianas y católicas, misas, viacrucis, actividades culturales y más. A continuación, te presentamos el cronograma de la conmemoración cristiana en nuestro país:
Domingo de Ramos: 13 de abril
Lunes Santo: 14 de abril
Martes Santo: 15 de abril
Miércoles Santo: 16 de abril
Jueves Santo: 17 de abril
Viernes Santo: 18 de abril
Sábado Santo: 19 de abril
Domingo de Resurrección: 20 de abril.
¿CÓMO SE CELEBRA LA SEMANA SANTA EN PERÚ?
La diversidad cultural del Perú se refleja en las diversas maneras en que se conmemora la Semana Santa en distintas regiones del país, como, por ejemplo, en Ayacucho que se desarrollan procesiones y alfombras de flores en varios lugares de la ciudad, atrayendo a miles de turistas todos los años. Mientras que esta festividad religiosa en Cusco destaca por la procesión del Señor de los Temblores, que junto a sus fieles devotos recorren las principales calles. En el caso de Lima, los ciudadanos tienen como tradición visitar las iglesias, realizar misas, entre otras actividades. Por ello, te presentamos el significado de la Semana Santa:
Domingo de Ramos o Cuaresma: es el inicio de la Semana Santa. Conmemora la entrada de Jesús de Nazaret a Jerusalén, según el Evangelio. En esta fecha, las iglesias cristianas y católicas celebran misas y procesiones de palmas .
Lunes Santo: es el segundo día de la Semana Santa, que recuerda la expulsión que hizo Jesús de los mercaderes que ocupaban el templo de Jerusalén .
Martes Santo: refleja el pasaje bíblico en el que Jesús se reúne con sus apóstoles y les dice que uno de ellos lo va a traicionar .
Miércoles Santo: marca el fin de la Cuaresma y conmemora el día en el que Judas Iscariote traiciona a Jesús .
Jueves Santo: recuerda la celebración de la última cena .
Viernes Santo: se recuerda la pasión y crucifixión de Jesús en el monte Calvario o Gólgota, en Jerusalén. Algunos creyentes guardan ayuno y abstinencia durante el día .
Sábado de Gloria: es la antesala de la resurrección .
Domingo de Resurrección o Pascua: es una de las principales fiestas del cristianismo, pues se celebra la resurrección de Jesús.
La Cooperativa La Cumbre será disuelta tras la pérdida total de su capital y reserva. La SBS oficializó la medida en El Peruano, manteniendo restricciones y otorgando facultades a administradores temporales.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre al haber incurrido en la causal de pérdida total de su capital social y reserva cooperativa. A través de la Resolución SBS N° 01294-2025, publicada el 1 de abril en el diario oficial El Peruano, la entidad fue excluida del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
Asimismo, la normativa dispone la continuidad de las prohibiciones establecidas durante el régimen de intervención de la cooperativa. Además, otorga a las administradoras temporales la facultad de actuar en representación de la SBS para ejecutar los procedimientos necesarios que permitan concretar la disolución de La Cumbre.
SBS ordena la disolución de Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre
Mediante la Resolución SBS N° 00641-2025, emitida el 17 de febrero de 2025 y notificada el 18 de febrero de 2025, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre (COOPAC La Cumbre).
Esta medida se adoptó debido a la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, según lo estipulado en la Ley General del Sistema Financiero y el Reglamento de Regímenes Especiales. De acuerdo con los informes financieros y las acciones de supervisión, la entidad registraba, al 30 de septiembre de 2024, un patrimonio negativo de S/ 429 272,91.
En cumplimiento del Reglamento de Regímenes Especiales, el 28 de febrero de 2025 se llevó a cabo, de manera virtual, la Asamblea General de Intervención de la COOPAC La Cumbre. Durante la reunión, se expusieron las razones que motivaron la intervención y se informó a los socios sobre el plazo establecido para acreditar la regularización de la cooperativa. No obstante, la documentación presentada por los representantes de los socios no demostró el levantamiento de la causal que motivó la intervención.
Dado que no se logró levantar la causal dentro del plazo de 30 días establecido en la normativa, la SBS determinó la exclusión de COOPAC La Cumbre del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. Asimismo, conforme al Reglamento de Regímenes Especiales, se declaró su disolución y se designó a un administrador temporal, quien asumirá la representación legal de la cooperativa hasta la finalización del proceso liquidatorio o de quiebra.
Según lo dispuesto en la normativa vigente, la publicación de la resolución de disolución implica que COOPAC La Cumbre deja de ser sujeto de crédito y cesa en sus obligaciones propias de una cooperativa en actividad. Sin embargo, su existencia legal se mantiene hasta la inscripción de su extinción en los Registros Públicos. Sumado a eso, las deudas de la cooperativa en liquidación solo devengarán intereses legales, conforme a lo estipulado en el Reglamento de Regímenes Especiales.
Prohibiciones impuestas a la Cooperativa La Cumbre tras intervención
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha dispuesto una serie de prohibiciones en el marco del régimen de intervención aplicado a la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Cumbre.
Las prohibiciones establecidas son las siguientes:
No se podrán iniciar procesos judiciales o administrativos en su contra para el cobro de acreencias a su cargo.
No se podrá perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
Queda restringida la posibilidad de constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le competen.
No podrá realizar pagos, adelantos o compensaciones, ni asumir compromisos por cuenta propia utilizando fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
Se prohíbe establecer medidas cautelares contra su patrimonio.
Factoring se alza como alternativa de financiamiento
El emprendimiento femenino en el Perú sigue una trayectoria de crecimiento constante, impulsado por un mayor acceso al crédito y la búsqueda de independencia económica.
Según el último estudio de Experian Perú, más de 54,000 mujeres son reconocidas como emprendedoras dentro del sistema financiero formal. De ellas, el 84.7% cuenta con financiamiento en al menos una entidad financiera, con un monto promedio de 7,700 soles.
Sin embargo, el acceso a financiamiento estructurado permanece como un desafío para las emprendedoras. Mientras que el 61.1% de los hombres obtiene créditos bancarios, solo el 53.4% de las mujeres logra este tipo de financiamiento, dependiendo en mayor medida de cajas y Edpymes.
Estas entidades ofrecen montos menores y condiciones más flexibles, pero con un impacto limitado en el crecimiento empresarial a largo plazo. Ante este panorama, el factoring surge como una solución clave para mejorar la liquidez de las emprendedoras sin recurrir a créditos tradicionales, ni asumir nuevas deudas.
“Las emprendedoras peruanas desempeñan un rol fundamental en la economía nacional, pero continúan enfrentando barreras en el acceso a financiamiento. Muchas dependen de líneas de crédito reducidas o préstamos de corto plazo, lo que limita su capacidad de crecimiento. El factoring representa una alternativa segura y eficiente para obtener liquidez inmediata sin endeudarse, especialmente en sectores como comercio y servicios, donde los ingresos son variables y la necesidad de liquidez es alta”, señala Martín Santa María, gerente general de Liquidez Capital Perú.
Para fomentar el crecimiento y la consolidación de los negocios liderados por mujeres, es fundamental fortalecer la educación financiera y ampliar las opciones de financiamiento.
La simplificación de los procesos burocráticos y el acceso a entidades registradas de factoring pueden facilitar que más emprendedoras aprovechen esta herramienta sin obstáculos innecesarios. En este sentido, Santa María recomienda informarse sobre las diferentes alternativas de financiamiento disponibles en el mercado; y aprender a identificar entidades confiables.
El ecosistema de emprendimiento femenino sigue en expansión y el 2025 representa una gran oportunidad para potenciar herramientas que impulsen su desarrollo empresarial. En el Perú, las micro y pequeñas empresas (Mypes) constituyen el 99.1% del tejido empresarial peruano y aportan el 20.7% del Producto Bruto Interno (PBI), según la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) .
Además, generan cerca del 60% del empleo formal , lo que las convierte en un motor clave para el crecimiento y la estabilidad financiera. «Sin duda, el acceso a financiamiento y el factoring son clave para generar un ecosistema empresarial más equitativo y sostenible, así como para fortalecer la economía del país», concluye Santa María.
En un contexto de mayor fiscalización tributaria, las empresas en Perú deben prestar especial atención a la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia, una obligación establecida por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para garantizar la transparencia en las operaciones entre empresas vinculadas.
Cumplir con esta exigencia dentro de los plazos establecidos no solo evita sanciones, sino que también permite una mejor planificación financiera y reduce riesgos fiscales.
De acuerdo con la normativa vigente, están obligados a presentar esta declaración aquellos contribuyentes cuyos ingresos devengados superen las 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y que hayan realizado transacciones sujetas a las reglas de precios de transferencia por un monto igual o superior a 400 UIT. La presentación de esta información se realiza a través del Formulario Virtual N° 3560 disponible en la plataforma de Sunat Virtual.
En ese sentido, Carlos Vargas Alencastre, CEO de TPC Group, advierte que “durante el 2025, la fiscalización de SUNAT en materia de precios de transferencia se fortalecerá aún más. Esto hace que la presentación oportuna y bien documentada de la declaración sea clave para evitar ajustes tributarios que puedan impactar la estabilidad financiera de las empresas”.
También menciona que presentar la declaración jurada de precios de transferencia a tiempo conlleva múltiples beneficios. “Evitar sanciones es solo uno de ellos, ya que también permite a las empresas reducir riesgos fiscales derivados de auditorías y posibles ajustes tributarios. Además, una correcta planificación tributaria facilita la gestión financiera de la compañía, evitando pagos imprevistos y asegurando el cumplimiento normativo sin contratiempos”
Otro aspecto relevante es que una adecuada presentación de la declaración contribuye a mejorar la reputación corporativa, mostrando a las autoridades tributarias un compromiso con la transparencia y la correcta determinación de sus obligaciones fiscales.
Por otro lado, el equipo de TPC Group, menciona que el no cumplimiento de no presentar a tiempo documentación puede generar sanciones por parte de la Sunat, entre las que se incluyen:
– Multas de hasta el 0.6% de los ingresos netos del ejercicio anterior, con un tope máximo de 25 UIT.
– Penalidades adicionales en caso de inconsistencias en la información declarada.
– Posibles ajustes en la base imponible del Impuesto a la Renta que podrían derivar en pagos adicionales y recargos.
– Riesgo de fiscalización intensiva que podría afectar la estabilidad operativa de la empresa.
“El cumplimiento tributario ya no es solo una cuestión de obligaciones legales, sino una estrategia empresarial clave. La fiscalización es cada vez más rigurosa, por ello tener un manejo adecuado y documentado de estas transacciones no solo reduce riesgos, sino que también optimiza la carga tributaria y mejora la competitividad en el mercado. En este entorno dinámico, la prevención y la planificación son las mejores herramientas para evitar problemas con la administración tributaria”, concluye Vargas.
El crédito al sector privado en el Perú creció 2.4 % interanual en febrero de 2025, la tasa más alta desde abril de 2023 (2.6 %) y con respecto al mes anterior el aumento fue de 0.5 %, indicó hoy el Banco Central de Reserva del Perú.
Asimismo, precisó que por tipo de monedas, el crédito en soles se incrementó en 2.9 % interanual en febrero, y en dólares tuvo una expansión de 1%.
También señaló que en términos de variación mensual, el crédito en moneda nacional creció 0.2% y en moneda extranjera, 1.3%.
Por segmentos, el crédito a las personas aumentó en 1.9 % interanual y el otorgado a las empresas en 2.8 %. El incremento de este último sin considerar el impacto de las amortizaciones y cancelaciones de los créditos del Programa Reactiva Perú ascendió a 4.6 % en febrero de 2025 frente a igual mes de 2024.
Además, el ente emisor indicó que el coeficiente de dolarización del crédito al sector privado bajó de 23.3 % en febrero de 2024 a 22.9 % en febrero de 2025.
Finalmente, señaló que se observó una reducción de la dolarización del crédito a empresas de 35.1 a 34.4 % en el mismo periodo, mientras que en el segmento correspondiente a las personas pasó de 6.4 a 6.5%.
Resaltó que en marzo se mantuvo una tendencia positiva por décimo mes consecutivo.
Los ingresos tributarios del Gobierno Central Netos (descontando las devoluciones de impuestos) alcanzaron los 14,402 millones de soles en marzo del presente año, cantidad mayor en 21.5% respecto a lo registrado en similar mes del 2024, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
“La tendencia positiva se mantiene por 10 meses, confirmando la formalización de la economía y cumplimiento de obligaciones tributarias y aduaneras”, subrayó.
Asimismo, enfatizó que los impuestos recaudados permiten obtener los ingresos necesarios para financiar el presupuesto público.
El aporte de los contribuyentes hace posible que el Estado cumpla con brindar educación (financiando la construcción de colegios en el país), salud (construyendo más hospitales e implementándolos con equipos modernos) y servicios como luz, agua y desagüe, entre otros, que representan la función social de los impuestos, agregó.
Factores determinantes
Algunos factores determinantes de la recaudación de marzo fueron los buenos resultados obtenidos por la campaña de Regularización anual del impuesto a la renta del ejercicio 2024, que empezó el 26 de marzo y va hasta el 9 de junio, que reflejaron el incremento de las utilidades empresariales y que habrían permitido recaudar 2,760 millones de soles frente a los 1,162 millones de soles recaudados en igual período del 2024.
También destacaron las acciones de facilitación, fiscalización y recuperación de obligaciones tributarias de la Sunat que permitieron la obtención del pago yla recuperación de obligaciones extraordinarias por 249 millones de soles en marzo, frente a los 67 millones de soles del año pasado. Igualmente, resaltó el desempeño favorable de la actividad económica de febrero, tanto del PBI como de la Demanda Interna, cuyas obligaciones tributarias internas se pagan en marzo.
También subrayó el crecimiento de las importaciones (15%), pese a que el tipo de cambio se redujo 1.5%.
Según el tipo de bienes, la importación de bienes de consumo aumentó 19.6%, la de materias primas y productos intermedios 9.2% y la de bienes de capital y materiales de construcción 22.2%.
IGV
La recaudación del IGV alcanzó los 7,359 millones de soles en marzo, importe que representó un aumento de 17.2 %.
El IGV Interno recaudó 4,151 millones de soles, monto que equivale a un crecimiento de 7.3 %. Este porcentaje reflejaría tanto la dinámica que habría registrado la demanda interna de febrero, como la aplicación del IGV a los servicios digitales y las acciones desplegadas por la Sunat.
Por su parte, el IGV que grava a las importaciones recaudó 3,208 millones de soles, importe que representa un incremento de 33.2% en comparación con marzo del 2024.
El crecimiento obedece tanto a los mayores pagos por obligaciones garantizadas en los meses previos como a las mayores importaciones corrientes (+15 %) y el efecto estadístico por la menor base de comparación.
En tanto, la recaudación del ISC alcanzó los 738 millones de soles en marzo, monto que representó un incremento de 8.7%.
Cifra
26.4%
Aumentó la recaudación por Impuesto a la Renta en marzo, al sumar 7,912 millones de soles.
Tendencia se mantiene por 10 meses consecutivos. El crecimiento de la economía y una mejor regulación por parte de la Sunat permitieron este resultado.
Los ingresos tributarios netos del Gobierno Central (descontando las devoluciones de impuestos) alcanzaron los 14,402 millones de soles en marzo del presente año, cantidad mayor en 21.5 % respecto al similar mes del 2024, indicó este domingo la Sunat.
“La tendencia positiva se mantiene desde hace 10 meses, confirmando la formalización de la economía y el cumplimiento de obligaciones tributarias y aduaneras”, subrayó el ente recaudador.
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) enfatizó que los impuestos recaudados permiten obtener los ingresos necesarios para financiar el presupuesto público.
El aporte de los contribuyentes hace posible que el Estado cumpla con brindar educación (financiando la construcción de colegios en todo el país), salud (construyendo más hospitales e implementándolos con equipos modernos) y servicios como luz, agua y desagüe, entre otros, que representan la función social de los impuestos.
Factores determinantes de la recaudación de marzo
Los buenos resultados obtenidos por la campaña de Regularización anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2024, que empezó el 26 de marzo y se extiende hasta el 9 de junio, que reflejaron el incremento de las utilidades empresariales y que habrían permitido recaudar en el mes 2,760 millones de soles frente a los 1,162 millones de soles recaudados en mismo mes del año anterior.
Las acciones de facilitación, fiscalización y recuperación de obligaciones tributarias de la Sunat que permitieron obtener el pago y recuperación de obligaciones extraordinarias por un importe de 249 millones de soles en marzo, frente a los 67 millones de soles del año pasado.
El desempeño favorable de la actividad económica de febrero, tanto del PBI como de la Demanda Interna, cuyas obligaciones tributarias internas se pagan el mes de marzo.
También destacó el crecimiento de las importaciones CIF (+15 %), a pesar de que el tipo de cambio se redujo en 1.5 %. Según el tipo de bienes, la importación de bienes de consumo se incrementó 19.6 %, la de materias primas y productos intermedios 9.2 % y la de bienes de capital y materiales de construcción 22.2 %.
El efecto favorable generado por la aplicación de las siguientes normas:
El Decreto Legislativo N.º 1634 que aprobó el Fraccionamiento Especial (FRAES), cuyo plazo de acogimiento venció el pasado 28 de febrero, con lo cual algunos de esos pagos se registraron en la recaudación de marzo.
Cabe precisar que solo los pagos de acogimiento al FRAES han permitido recaudar 991 millones de soles desde octubre de 2024. También se debe considerar que el pago de las cuotas mensuales generará ingresos adicionales durante los próximos años.
El Decreto Legislativo N.º 1623, correspondiente al IGV aplicado a los Servicios Digitales y que recaudó más de 44 millones de soles en marzo, tercer mes de su aplicación.
La Ley N.º 31557 (juegos y apuestas deportivas a distancia), que en el segundo mes de pagos generó una recaudación de 18 millones de soles, entre el impuesto mismo y su afectación con el ISC.
El Decreto Supremo N.º 115-2024-EF, que estableció la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a la cerveza en 0,047% de la UIT.
Cabe precisar que el mes de marzo del 2025 contó con un efecto estadístico a favor, generado por la menor base de comparación, debido a que contó con 2 días adicionales en comparación con el mismo mes del año pasado, debido a los feriados de Semana Santa.
Resultados por tributos
Impuesto a la renta
En marzo de este año se recaudaron 7,912 millones de soles por Impuesto a la Renta, importación que representa un crecimiento de 26.4% en comparación con el mismo mes del año 2024.
El crecimiento está motivado principalmente por los mayores pagos de Regularización del Impuesto a la Renta (+134,6 %), Quinta Categoría (+11,1 %), Segunda Categoría (+37 %) ambos reflejando las mejores utilidades de algunos sectores; Cuarta Categoría (+12,5 %), Primera Categoría (+12,6 %), Régimen Especial de Renta – RER (+16,2 %) y el Resto de las rentas (+94,7 %).
Impuesto General a las Ventas (IGV)
La recaudación del IGV alcanzó los 7,359 millones de soles en marzo, importación que representó un aumento de 17.2 % en comparación con el mismo marzo del 2024.
El IGV Interno recaudó 4.151 millones de soles, monto que equivale a un crecimiento de 7,3%. Dicho porcentaje reflejaría tanto la dinámica que habría registrado la demanda interna de febrero, como la aplicación del IGV a los Servicios Digitales y las acciones desplegadas por la Sunat.
Por su parte, el IGV que gravó a las importaciones recaudó 3,208 millones de soles, importación que representa un incremento de 33.2% en comparación con marzo del año 2024.
El crecimiento obedece tanto a los mayores pagos por obligaciones garantizadas en los meses anteriores como a las mayores importaciones corrientes (+15 %) y el efecto estadístico por la menor base de comparación.
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
La recaudación del ISC alcanzó los 738 millones de soles en marzo, monto que representó un incremento de 8.7%.
El ISC que grava a las importaciones creció en 53 % a consecuencia de los mayores pagos garantizados y por importaciones corrientes; además del efecto estadístico de menor base de comparación.
El ISC interno cayó 7 %, reflejando el mayor uso de créditos por compras gravadas importadas en combustibles.
Otros ingresos
La recaudación asociada a este rubro ascendió a 876 millones de soles, monto que representa un crecimiento de 75.4%. Dicho resultado se sustentó principalmente por los mayores pagos correspondientes a fraccionamientos, los cuales se incrementaron en 165.6 %.
Devoluciones
Las devoluciones de impuestos realizadas durante marzo ascendieron a 2,647 millones de soles, monto que representó un crecimiento de 32.6 % en comparación con meses similares del año 2024.
Sunat ofrece canales virtuales y presenciales para verificar si existen obligaciones tributarias pendientes. El reporte incluye valores notificados como órdenes de pago o resoluciones de multa.
Durante el 2025, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) mantiene activo su sistema de consulta de deudas pendientes, una herramienta diseñada para que los contribuyentes puedan verificar si poseen obligaciones tributarias por regularizar. Este servicio está disponible tanto para personas naturales como para empresas, siempre que estén inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Las deudas se generan cuando no se realiza el pago correspondiente luego de presentar una declaración, o cuando se incumplen otras obligaciones fiscales. En tales casos, Sunat emite documentos denominados «valores«, que pueden incluir órdenes de pago, resoluciones de multa o de determinación. Estos pueden consultarse en línea con la Clave SOL, o de manera presencial en los centros de atención habilitados.
¿Qué necesitas para consultar tus deudas pendientes en Sunat este 2025?
Para acceder al detalle de tus deudas, se requiere contar con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) o número de RUC, además de una Clave SOL activa. En caso no la tengas, puedes generar una siguiendo el procedimiento indicado por Sunat. Si eres una persona autorizada por un tercero, deberás presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la institución, indicando expresamente tu facultad para realizar este trámite.
El sistema muestra exclusivamente los valores notificados y pendientes de pago al momento de la consulta. No se incluyen deudas relacionadas con juegos de azar, regalías mineras, fraccionamientos generales u otras categorías específicas.
Paso a paso para revisar si tienes valores por pagar con tu Clave SOL
El procedimiento en línea se realiza a través del portal oficial. Luego de ingresar a la plataforma de Sunat Operaciones en Línea (SOL), debes seleccionar la opción “Trámites y Consultas” y acceder con tu Clave SOL. Una vez dentro, el sistema permite escoger entre personas naturales o empresas.
Para consultar los valores, se debe seguir esta secuencia: “Revisión de mis deudas”, “Valores pendientes de pago”, “Valores”, y finalmente “Consulta valores pendientes de pago”. Puedes realizar la búsqueda por periodo —seleccionando un rango de hasta seis meses— o por número de valor, ingresando directamente el código correspondiente. El sistema permite exportar los resultados en formatos como Excel o PDF.
Asimismo, si el usuario desea generar un reporte formal con firma digital, código QR y URL de validación, puede hacerlo desde la misma plataforma. Este documento es válido para ser presentado ante terceros y puede ser verificado mediante la función “Validación de documentos con Firma Digital”, incluso sin necesidad de ingresar con Clave SOL.
¿Puedo obtener un reporte de deudas sin usar la plataforma virtual de Sunat?
Sí. Para quienes no deseen realizar el trámite virtualmente, también existe la posibilidad de obtener el reporte de deudas de manera presencial. Para ello, debes acudir a un Centro de Servicios al Contribuyente en Lima o provincias, donde se te entregará un formulario para solicitar la emisión del “Reporte de valores emitidos”.
En el caso de personas naturales, el trámite debe ser realizado de forma personal. Para las empresas, debe realizarlo el representante acreditado en el RUC o una persona autorizada. Tras completar el formulario y entregarlo en la Mesa de Partes de la entidad, recibirás el documento solicitado, el cual contiene el detalle de tus obligaciones pendientes según el registro de Sunat. Esta opción es útil para quienes requieran el documento físico o no cuenten con acceso digital seguro.