Fiscalizaciones aduaneras serán llevadas mediante expediente virtual.
Introducción: Hacia la digitalización total de la fiscalización

Mediante Resolución de Superintendencia N° 000174-2025/SUNAT (publ.31.05.25; vig.01.07.25), se modifica el inciso u) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT, a fin de excluir procedimiento de fiscalización relativo a la obligación tributaria aduanera, de la definición de procedimiento de fiscalización. En la R.S. N° 084-2016/SUNAT se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), ahí se llevan expedientes electrónicos, pero no los procedimientos de fiscalización. Con esta exclusión, se busca el llevado de los expedientes electrónicos, correspondientes a los procedimientos de fiscalización definitiva y parcial de la obligación tributaria aduanera, dentro del SIEV.
En la disposición complementaria transitoria, refiere que las fiscalizaciones aduaneras parcial y definitiva, programadas antes de la vigencia de esta norma, se tramitarán hasta su conclusión.
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT para incorporar los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial y definitiva aduanera al Sistema Integrado del Expediente Virtual
Ver Norma Legal : Resolución de Superintendencia Nº 000174- 2025/SUNAT


