La SBS alinea el Manual de Contabilidad para las AFP a la NIIF 9 y la NIIF 13
Los cambios se aplicarán desde 2026 y exigen nuevas políticas contables, mayor detalle en las revelaciones y un rediseño completo del catálogo de cuentas.

Mediante la Resolución SBS N° 02148-2025 (publ. 20.06.2025, vig.conforme la norma indique), la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) armoniza el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por la Resolución SBS N° 435-2005, con la Norma Internacional de Información Financiera N° 9 “Instrumentos Financieros” y la Norma Internacional de Información Financiera N° 13 “Medición del Valor Razonable”. En este sentido, sustituye el Capítulo I “Disposiciones Generales”, el Capítulo II “Estados Financieros, Periodicidad y Plazos de Presentación” y los Capítulo III “Catálogo de Cuentas” y Capítulo IV “Descripción y Dinámica de Cuentas”. De acuerdo con la resolución, en aquello no contemplado en el Manual, las AFP deben ceñirse a las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB) que hayan sido aprobadas en el país por el Consejo Normativo de Contabilidad.
Uno de los principales cambios es la sustitución del Capítulo I del Manual, que incorpora un nuevo marco conceptual alineado a las NIIF. Este marco establece disposiciones sobre la preparación de los estados financieros, el registro de ingresos por comisiones y primas de seguros, el tratamiento de controversias, provisiones por negligencia y el cierre del ejercicio económico, entre otros aspectos. También se exige la elaboración de un manual de políticas contables por parte de cada AFP.
El Capítulo II fue reformulado para actualizar los modelos de los estados financieros conforme a la nueva estructura contable y establecer con claridad la frecuencia de presentación y los plazos. Asimismo, se especifican las notas mínimas que deben incluirse tanto en los reportes trimestrales como en los anuales.
Rediseño del catálogo y dinámica de cuentas
Los Capítulos III y IV del Manual fueron modificados para reflejar la nueva clasificación de activos financieros. Entre los principales cambios se encuentran la inclusión del rubro “Inversiones”, la incorporación de cuentas para activos no corrientes mantenidos para la venta, y nuevos registros para inversiones en subsidiarias y asociadas. También se eliminaron algunas cuentas obsoletas y se suprimieron las distinciones entre activos y pasivos corrientes y no corrientes.
En el rubro de gastos, se agregaron cuentas específicas para gastos administrativos y de ventas, y se realizaron ajustes en la contabilización de ingresos diversos, utilidades de encajes y deterioros de activos.
La resolución dispone que los saldos iniciales del periodo 2026 deberán ajustarse conforme a las nuevas políticas contables. Las AFP deberán aplicar los criterios de deterioro financiero desde el inicio de ese año y revelar en sus notas explicativas el efecto de los ajustes comparando los saldos anteriores y actuales. Esta exigencia alcanza tanto los reportes trimestrales como los estados financieros anuales de 2026.
Condición para distribución de utilidades
Para que las utilidades derivadas de estos ajustes puedan ser distribuidas, capitalizadas o aplicadas de cualquier forma, será obligatorio que los estados financieros del 2026 hayan sido auditados y aprobados por la Junta General de Accionistas.
Con esta actualización normativa, la SBS apunta a fortalecer la transparencia y comparabilidad de la información financiera de las AFP, elevando sus estándares a niveles internacionales. La medida también facilitará un mejor entendimiento por parte de los usuarios de los estados financieros, al tiempo que promueve una cultura de gestión contable más rigurosa y alineada con los principios globales. Resolución SBS Nº 02148-2025 .
Modifican Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.


