Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000016-2025/SUNAT (publ.31.01.25; vig.01.02.25), se aprueba la versión 5.7 del PDT ISC – Formulario Virtual Nº 615, con la finalidad de adecuarlo a las modificaciones de los montos fijos aplicables a determinados productos del ISC: cigarrillos de tabaco negro y cigarrillos de tabaco rubio, así como solo el tabaco o tabaco reconstituido, concebido para ser inhalado por calentamiento sin combustión
Esta nueva versión está disponible a partir del 01/02/25 en el portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección electrónica es http://www.sunat.gob.pe, siendo de uso obligatorio desde dicha fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.
Publican Resolución de Superintendencia Nº 000015-2025/SUNAT.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sanat) aprobó aprueba la nueva versión 4.4 del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N° 0601, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000015-2025/SUNAT.
Esta actualización tiene como objetivo ajustar el aplicativo a los cambios en la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y la Remuneración Mínima Vital (RMV), elementos esenciales en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La nueva versión, que entrará en vigencia para el periodo enero de 2025, será obligatoria para la presentación tanto de la Planilla Electrónica (PLAME) como de las declaraciones, sean originales o rectificatorias, relacionadas con los conceptos establecidos en los incisos b) a m) y o) a s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT.
Esta medida abarca los periodos tributarios comprendidos entre noviembre de 2011 y diciembre de 2024.
A partir del 1 de febrero de 2025, la versión 4.4 del PDT PLAME estará disponible en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), para que los contribuyentes puedan acceder y realizar las actualizaciones necesarias en sus declaraciones.
Titular del sector afirma que actualmente hay una sobrerregulación de la economía que hace lento el desarrollo de nuevas inversiones, especialmente en el sector minero.
Con el objetivo de impulsar este año el desarrollo de las inversiones privadas, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) implementará un shock regulatorio que implicará la reducción de trámites y permisos que impidan su implementación, anunció el ministro de Economía y Finanzas, José Arista.
El titular del MEF explicó que si bien el Perú se ha posicionado como un destino confiable para las inversiones, gracias a las sólidas garantías que ofrece a los inversionistas, el objetivo es consolidar esta fortaleza a nivel regional y entre los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
“En el primer trimestre del año, con acciones lideradas por el MEF, el Gobierno abocará sus esfuerzos a implementar un shock regulatorio mediante la reducción de trámites y permisos que hacen más lenta la inversión privada y que nos restan competitividad y productividad”, remarcó.
El titular del sector reconoció que existe una sobrerregulación de la economía que vuelve lento el desarrollo de la inversión, siendo esto notorio, por ejemplo, en el sector minero, donde explicó, existen proyectos trabados.
En ese sentido, explicó que el esfuerzo para reducir la sobre regulación se realizará de la mano con el sector privado, academia, gobiernos regionales y locales, en el seno del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización que preside el MEF.
“Vamos a continuar con el trabajo de modernizar nuestra regulación sobre inversión extranjera en línea con los principios de la OCDE y ampliaremos nuestra red de acuerdos de protección recíproca de inversiones”, señaló.
La inversión privada en 2024 creció alrededor de 2,4 % y se espera que este año logre superar el 4 %. “Ese es nuestro objetivo, atraer más inversión”, indicó.
Convención minera
El ministro señaló que, al igual que la participación en el World Economic Forum, donde se establecieron reuniones clave con líderes corporativos globales, el Perú también participará en el Prospectors and Developers Association of Canada (PDAC), la mayor convención minera del mundo, que se realiza en Toronto, Canadá, con el objetivo de continuar atrayendo inversión privada.
“A esta feria asistiremos con el premier. Nosotros tenemos que buscar inversión afuera para traer la inversión privada, porque esa es la que mueve al final el país”, sostuvo.
En 2024, más de 905.000 personas se registraron como contribuyentes, de las cuales el 62% optó por realizar el proceso en línea a través de los servicios digitales de la Sunat.
En los últimos años, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha impulsado la digitalización de trámites para fomentar la formalización de los negocios en el país. Ahora, los emprendedores pueden inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y generar su Clave SOL de manera completamente virtual, sin necesidad de acudir a oficinas.
Este servicio, que funciona las 24 horas del día, busca eliminar barreras burocráticas y permitir que más peruanos accedan a los beneficios de operar dentro del mercado formal. Según Sunat, en 2024 más de 905.000 personas se registraron como contribuyentes, de las cuales el 62% lo hizo en línea.
Sunat: ¿Cómo solicitar tu RUC y Clave SOL de forma digital?
Obtener el RUC como persona natural es un proceso rápido y sencillo gracias a las plataformas digitales de Sunat. Ahora puedes hacerlo desde la web oficial de Sunat o a través de la aplicación Personas, siguiendo estos pasos:
Accede a la web de Sunat (en este enlace) o descarga la aplicación móvil llamada App Personas.
Selecciona la opción «Inscripción en el RUC» y elige la categoría de persona natural con negocio.
Ingresa tu número de DNI y valida tu identidad con la clave de Reniec o datos personales.
Completa el formulario en línea, indicando la actividad económica y la dirección de tu negocio.
Recibe tu número de RUC automáticamente y genera tu Clave SOL para acceder a los servicios en línea.
¿Qué ventajas trae gestionar un negocio de forma digital, según Sunat?
Operar un negocio formalmente no solo es una obligación legal, sino que también ofrece múltiples beneficios que facilitan el crecimiento de los emprendedores. Sunat destaca las siguientes ventajas de la digitalización:
Acceso a financiamiento: los negocios con RUC activo pueden solicitar préstamos en bancos y acceder a programas de apoyo gubernamental.
Emisión de facturas electrónicas: la formalización permite emitir comprobantes electrónicos, esenciales para trabajar con otras empresas y acceder a grandes clientes.
Facilidad en la declaración de impuestos: con herramientas como la declaración prellenada, Sunat simplifica el pago de tributos.
Gestión sin salir de casa: a través de la app Emprender y la Clave SOL, se pueden realizar trámites sin necesidad de acudir a oficinas.
¿Cómo beneficia la formalización a los emprendedores peruanos?
En el Perú, la informalidad sigue siendo un desafío para el desarrollo económico. Sin embargo, cada vez más personas optan por la formalización debido a sus ventajas. En 2024, el 35% de los nuevos contribuyentes inscritos en Sunat fueron emprendedores, lo que demuestra un cambio de mentalidad en el sector.
Al obtener el RUC y la Clave SOL, los emprendedores pueden expandir su negocio, así como participar en contratos con empresas formales y acceder a beneficios tributarios. Uno de esos beneficios incluye al Nuevo RUS, que simplifica el pago de impuestos. Finalmente, la formalización otorga credibilidad y confianza con clientes y proveedores.
¿Qué función tiene la Sunat?
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) es el organismo encargado de recaudar y administrar los tributos en el Perú. Su labor principal es garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras, promoviendo la formalización y facilitando el acceso a los servicios digitales. Entre sus principales funciones se encuentran:
Administrar el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
PJ delimita impacto del factor tiempo en la relación laboral
El factor tiempo en la prestación de servicios es esencial en el contrato de trabajo, ya que impacta directamente en la actividad laboral de los trabajadores. A través de este factor, se mide la actividad laboral por jornada semanal, mensual o anual, e incluso el acceso a los beneficios sociales.
En ese contexto, el contrato de trabajo a tiempo parcial se configura como una modalidad atípica de prestación de servicios, suscrita entre empleador y trabajador, con la finalidad de que este último desempeñe determinadas labores bajo una jornada reducida respecto a la normal. Es decir, una jornada laboral diaria que no supere las cuatro horas o una jornada semanal que no exceda las 24 horas.
Estos criterios han sido desarrollados en la sentencia correspondiente a la Casación Laboral N° 1729-2021 La Libertad, emitida por la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia. En dicha resolución, se declararon infundados los recursos de casación interpuestos dentro de un proceso laboral ordinario de desnaturalización de contrato.
Con ello, la máxima instancia del Poder Judicial delimitó el impacto del factor tiempo en las relaciones laborales y precisó la naturaleza del contrato de trabajo a tiempo parcial.
Fundamento
A criterio de la Sala Suprema, el contrato de trabajo a tiempo parcial presenta una característica especial: su jornada es reducida en comparación con la ordinaria dentro del centro de trabajo. La prestación de servicios puede realizarse en ciertas horas del día, determinados días de la semana, semanas del mes o algunos meses del año.
La Sala enfatiza que el factor tiempo es una estructura esencial del contrato de trabajo, pues permite medir la actividad laboral y, de ser el caso, el acceso a los beneficios sociales correspondientes. Asimismo, advierte que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su Convenio sobre el Trabajo a Tiempo Parcial de 1994 (no ratificado por el Estado peruano), el contrato de trabajo a tiempo parcial se define como aquel en el cual la actividad del trabajador es inferior a la de aquellos que laboran a tiempo completo en una situación comparable.
El artículo 1° de dicho convenio señala:(a) La expresión «trabajador a tiempo parcial» designa a todo trabajador asalariado cuya actividad laboral tiene una duración normal inferior a la de los trabajadores a tiempo completo en situación comparable.(b) La duración normal de la actividad laboral a la que se hace referencia en el apartado (a) puede ser calculada semanalmente o en promedio durante un período de empleo determinado.
En ese sentido, el Tribunal señala que el contrato a tiempo parcial es un contrato atípico celebrado entre empleador y trabajador para el desarrollo de actividades específicas en una jornada reducida respecto a la normal.
En el ordenamiento jurídico peruano, estos contratos deben constar por escrito e inscribirse en la Autoridad Administrativa de Trabajo en un plazo de 15 días. Así lo establece el artículo 13° del Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo, Decreto Supremo N° 001-96-TR:»El contrato a tiempo parcial será celebrado necesariamente por escrito. Dicho contrato será puesto en conocimiento, para su registro, ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, en el término de quince (15) días naturales de su suscripción.»
Además, la Sala Suprema precisa que, conforme a la normativa nacional, la jornada laboral en estos contratos no debe superar las cuatro horas diarias ni las 24 horas semanales. En caso de incumplimiento de estas formalidades ad solemnitatem, se presume la existencia de un vínculo laboral de carácter indefinido con jornada a tiempo completo, lo que conlleva el derecho a percibir los beneficios sociales correspondientes.
Interpretación
El Tribunal interpreta el artículo 4° del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), aprobado por el Decreto Supremo N° 003-97-TR, en los siguientes términos:
El contrato de trabajo a tiempo parcial es de naturaleza atípica.
Su validez está sujeta al cumplimiento de las formalidades establecidas, y la jornada de trabajo no debe exceder las cuatro horas diarias o 24 semanales.
No existen límites numéricos para la contratación de trabajadores bajo esta modalidad.
Caso concreto
En la casación laboral analizada, un trabajador de una universidad privada demandó la desnaturalización de diversos contratos sujetos a modalidad. Alegó que, a pesar de haber suscrito contratos «part time», desempeñó labores por más de cuatro horas diarias.
En primera instancia, se declaró infundada la demanda. En segunda instancia, se declaró fundada en parte. Ambas partes interpusieron recursos de casación.
Al conocer el caso, la Sala Suprema advirtió que los contratos «part time» suscritos se desnaturalizaron. En consecuencia, declaró infundados los recursos de casación, considerando, entre otros aspectos, que el demandante buscaba una revaloración de los medios probatorios en instancia casatoria.
Con esta decisión, el Tribunal reafirma los criterios sobre el impacto del factor tiempo en las relaciones laborales y la correcta aplicación de la normativa sobre contratos de trabajo a tiempo parcial.
La Sunat ha actualizado los montos máximos de ingresos anuales para determinar el pago del impuesto a la renta en 2025, en respuesta al incremento de la UIT.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), entidad encargada de la recaudación tributaria en Perú, ha definido los nuevos montos máximos de ingresos anuales que determinarán quiénes deben pagar impuesto a la renta en 2025. Este ajuste responde al aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de S/5.150 en 2024 a S/5.350 en 2025.
Las modificaciones en los límites de exoneración benefician a los trabajadores con menores ingresos, ya que quienes se mantienen por debajo de estos montos no estarán obligados a pagar el impuesto a la renta. Sin embargo, aquellos que superen los valores establecidos deberán declarar y abonar el tributo correspondiente a la Sunat.
¿Cuánto debo ganar para estar exonerado del impuesto a la renta?
Según la nueva normativa, en 2025, los contribuyentes con rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría podrán quedar exonerados del impuesto a la renta si sus ingresos anuales proyectados no superan los S/46.813.
Para algunos profesionales que trabajan bajo la modalidad de Cuarta Categoría, como directores de empresas, síndicos, gestores de negocios y albaceas, el límite de exoneración es diferente. En estos casos, los ingresos mensuales no deben superar los S/3.121 y la proyección anual no debe superar los S/37.450. Por otra parte, si un contribuyente supera estos montos en el transcurso del año, estará obligado a declarar y pagar el impuesto a la renta desde el mes en que se produjo el exceso.
¿Cómo suspender la retención de rentas de Cuarta Categoría en 2025?
Los trabajadores independientes que perciban rentas de Cuarta Categoría pueden solicitar la suspensión de retenciones ante la Sunat, siempre que cumplan con los requisitos de ingresos establecidos. El trámite se realiza de manera virtual siguiendo estos pasos:
Ingresar al portal oficial de Sunat (en este enlace) con la Clave SOL.
Seleccione la opción «Mis trámites y consultas» y dirigirse a la sección de solicitudes tributarias.
Complete el Formulario Virtual 1609, ingresando la fecha del primer ingreso recibido en el año y el monto anual proyectado de las rentas.
Esperar la validación del sistema, que verificará si el contribuyente cumple con los requisitos.
Si la solicitud es aprobada, la Sunat emitirá una constancia de suspensión de retenciones, válida hasta el 31 de diciembre de 2025.
Este trámite permite que los trabajadores independientes no sufran descuentos automáticos en sus pagos, siempre que se mantengan dentro del límite de ingresos
¿Qué ocurre si se superan los montos establecidos por la Sunat?
Si un contribuyente excede los límites de exoneración en el transcurso del año, deberá declarar y pagar el impuesto a la renta por el total acumulado de sus rentas de Cuarta Categoría en el mes en que ocurra el exceso. El pago debe realizarse a través de la Plataforma Virtual de Sunat, y es responsabilidad del contribuyente cumplir con esta obligación tributaria para evitar sanciones o multas por omisión de impuestos.
¿Cómo calcular el impuesto a la renta en 2025?
En Perú, el impuesto a la renta se calcula mediante un sistema de tasas progresivas, que varía según el nivel de ingresos del contribuyente. Con el aumento de la UIT, los tramos para 2025 han sido ajustados de la siguiente manera:
Hasta 5 UIT (S/ 26.750): 8% de impuesto.
De 5 a 20 UIT (S/ 26.750 a S/ 107.000): 14% de impuesto.
De 20 a 35 UIT (S/ 107.000 a S/ 187.250): 17% de impuesto.
De 35 a 45 UIT (S/ 187.250 a S/ 240.750): 20% de impuesto.
Más de 45 UIT (S/ 240.750 en adelante): 30% de impuesto.
Por ejemplo: si un trabajador genera S/50.000 al año, primero se descuentan las 7 UIT exentas (S/37.450). La base imponible restante será de S/12.500, que quedará sujeta a la tasa correspondiente. Si el contribuyente cuenta con deducciones adicionales, como gastos médicos o intereses por créditos hipotecarios, podría reducir aún más la base imponible y pagar menos impuestos.
¿Qué función tiene la Sunat?
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) es el organismo encargado de la recaudación de impuestos en el Perú. Su principal función es garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la ciudadanía y empresas, evitando la evasión fiscal. Entre sus responsabilidades destacan:
Administrar el sistema tributario y aduanero del país.
Recaudar y fiscalizar los impuestos internos.
Supervisar el comercio exterior y aplicar normativas aduaneras.
Brindar asistencia y orientación tributaria a los contribuyentes.
Mediante Resolución Ministerial N° 021-2025-EF/15 (publ. 29.01.25; vig. 30.01.25), se aprueba la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, correspondiente al ejercicio 2025. El anexo forma parte de la Resolución Ministerial, el cual está publicado en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).
Medida está enfocada principalmente en pequeños contribuyentes
Adiós a los trámites engorrosos y difíciles al momento de realizar la declaración de impuestos. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reveló que se encuentra trabajando en la implementación de declaraciones prellenadas, con lo que facilitará este proceso tributario anual a los contribuyentes.
Esta medida forma parte de la estrategia de transformación digital que llevará a cabo este 2025 el ente recaudador, ya que busca hacer más accesible y menos complicado el cumplimiento tributario.
En declaraciones a la Agencia Andina, el jefe de la Sunat, Victor Mejía, indicó que la medida se enfocará principalmente en los pequeños contribuyentes, quienes a menudo carecen de recursos para acceder a asesoría especializada en materia tributaria.
«A todos nos ha pasado. Yo mismo realizo declaraciones y comprendo la dificultad. Siendo hasta tributarista es un tema complicado y peor para quienes no lo son. Entonces está pensado en el ciudadano de a pie, en el chiquito, para acercarnos a él, darle todas las herramientas para el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias», mencionó.
Nuevo sistema
Este nuevo sistema será posible de implementar gracias al uso intensivo de los comprobantes electrónicos, que permiten a la administración tributaria tener acceso a la información de casi el 100% de las operaciones comerciales de los contribuyentes.
El superintendente de la Sunat señaló que «la idea es que ya masivamente haya una propuesta de registros electrónicos y declaraciones juradas prellenadas. De esta manera, podemos acercarnos al contribuyente y facilitarle la vida».
Con esta información, la Sunat puede construir libros electrónicos de manera automática, lo que disminuye la obligación formal del contribuyente de crear sus propios libros contables. Además, el proceso simplificado permitirá que la Sunat ponga a disposición de los contribuyentes tanto los registros electrónicos como las declaraciones juradas ya prellenadas con la información debida.
«Los contribuyentes solo tendrán que revisar y aceptar la información proporcionada. Será un proceso diseñado para que sea tan sencillo como hacer clic en un botón«, destacó.
Aunque aún no hay una fecha concreta, la Sunat espera que este sistema se implemente masivamente pronto para que un gran número de contribuyentes puedan beneficiarse de esta simplificación. Ello dependerá de que el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) esté operativo al 100%, según Mejía.
La administración tributaria lanzó hoy la Campaña “SUNAT a tu servicio” para remarcar a la ciudadanía y contribuyentes todos los trámites que se pueden realizar, destacando que los mismos son totalmente gratuitos.
Cabe precisar que se recomienda efectuar dichas gestiones de manera virtual, porque están disponibles las 24 horas del día y no es necesario presentar documentos físicos ni desplazarse para hacerlo de forma presencial.
Como parte de la campaña se visitarán los principales Centros de Servicios al Contribuyentes de la SUNAT para recordar que todos los trámites son 100% digitales y que ello tiene una serie de beneficios para los contribuyentes.
El año pasado, los contribuyentes realizaron más de 8.5 millones de operaciones virtuales referidas al RUC como modificaciones de datos, inscripción, Clave SOL, entre otros, lo que demuestra la consolidación de la transformación digital de la Administración Aduanera y Tributaria,
Para conocer sobre los beneficios que brinda la formalización a todos contribuyentes y usuarios de comercio exterior puede ingresar a www.sunat.gob.pe, descargar el APP Personas o el APP Emprender y visitar nuestras redes sociales oficiales.
Los servicios virtuales que brinda la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) se siguen consolidando como una alternativa para facilitar y promover la formalización y el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras. Así de los 905 mil nuevos contribuyentes que obtuvieron su RUC en el 2024, el 62% hizo su trámite de manera digital sin realizar trámites presenciales.
La inscripción en el RUC es el paso más importante que todo contribuyente debe realizar y más aún si desea impulsa un emprendimiento. De los nuevos contribuyentes registrados el año pasado, el 35% corresponde a la formalización de las actividades comerciales de emprendedores, que se vienen consolidando como uno de los ejes de la economía.
Otro de los trámites que destacan entre los contribuyentes es la obtención de la Clave SOL, contraseña personal e intransferible que permite acceder a todos los servicios virtuales disponibles en el módulo SUNAT Operaciones en Línea. Cabe precisar que el año pasado se generaron más de 650 mil Claves SOL a través del APP Personas o de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
Los servicios virtuales que brinda la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se siguen consolidando como una alternativa para facilitar y promover la formalización y el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras.
Por ello, informó que de los 905,000 nuevos contribuyentes que obtuvieron su RUC en el 2024, el 62% hizo su trámite de manera digital sin realizar trámites presenciales.
La inscripción en el RUC es el paso más importante que todo contribuyente debe realizar y más aún si desea impulsar un emprendimiento.
De los nuevos contribuyentes registrados el año pasado, el 35% correspondió a la formalización de las actividades comerciales de emprendedores, que se vienen consolidando como uno de los ejes de la economía.
Clave SOL
Destacó que otro de los trámites que destaca entre los contribuyentes es la obtención de la Clave SOL, contraseña personal e intransferible que permite acceder a todos los servicios virtuales disponibles en el módulo Sunat Operaciones en Línea.
Cabe precisar que el año pasado se generaron más de 650,000 Claves SOL a través del APP Personas o de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).
Sunat a tu servicio
Hoy se lanzó la Campaña “Sunat a tu servicio” para recordar a la ciudadanía y contribuyentes todos los trámites que se pueden realizar, destacando que los mismos son totalmente gratuitos.
Cabe precisar que se recomienda efectuar dichas gestiones de manera virtual, porque están disponibles las 24 horas del día y no es necesario presentar documentos físicos ni desplazarse para hacerlo de forma presencial.
Como parte de la campaña se visitarán los principales Centros de Servicios al Contribuyentes de la Sunat para recordar que todos los trámites son 100% digitales y que ello tiene una serie de beneficios para los contribuyentes.
El año pasado, los contribuyentes realizaron más de 8.5 millones de operaciones virtuales referidas al RUC como modificaciones de datos, inscripción, Clave SOL, entre otros, lo que demuestra la consolidación de la transformación digital de la Administración Aduanera y Tributaria.