Roque y Sandoval Contadores Asociados

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Aprueban el programa para el envío de información a la SUNAT denominado PEI WEB que reemplaza al programa de envío de información a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 159-2017/SUNAT y establece la obligación de informar a través del nuevo programa dos documentos autorizados

Aprueban el programa para el envío de información a la SUNAT denominado PEI WEB que reemplaza al programa de envío de información a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 159-2017/SUNAT y establece la obligación de informar a través del nuevo programa dos documentos autorizados

Mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000049-2026/SUNAT (publ. 31.03.26; vig. 01.08.26) se aprueba el programa denominado PEI – WEB, el cual reemplaza al anterior Programa de Envío de Información (PEI) regulado por la Resolución de Superintendencia N.º 159-2017/SUNAT, con la finalidad de modernizar y optimizar el envío de información a la SUNAT. Este nuevo sistema se integra a SUNAT Operaciones en Línea y elimina la necesidad de descargar e instalar aplicativos, permitiendo el registro y envío de datos mediante formularios web con validaciones automáticas que reducen errores e inconsistencias.

La medida responde a la necesidad de mejorar el control tributario y la trazabilidad de la información vinculada a comprobantes de pago, notas de crédito, notas de débito y otros documentos emitidos fuera del Sistema de Emisión Electrónica. En ese sentido, el PEI – WEB incorpora un sistema de validación estructurada y seguimiento (mediante número de ticket), lo que permite identificar el estado de los envíos, así como gestionar adecuadamente declaraciones sustitutorias o rectificatorias.El uso del PEI – WEB es obligatorio para diversos sujetos, entre ellos emisores electrónicos que emiten comprobantes en formatos impresos por contingencia, proveedores de servicios electrónicos (PSE) que remiten tickets POS o de monedero electrónico, y aquellos que emiten documentos autorizados. Asimismo, se establece la obligación de informar a través de este sistema nuevos documentos, como los certificados de pago de regalías emitidos por PERUPETRO S.A. y los billetes de lotería, rifas y apuestas, los cuales no forman parte del sistema electrónico y requieren control por parte de la administración tributaria.Finalmente, se dispone que el PEI – WEB entre en vigencia el 1 de agosto de 2026, derogando la normativa anterior vinculada al PEI e incorporando modificaciones en diversas resoluciones relacionadas con comprobantes de pago y sistemas de emisión electrónica.

Norma legal adjunta

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000049-2026/SUNAT

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